✅ Principales Cambios Normativos y Sustantivos:

  1. Autoliquidación rectificativa: Se implementa de forma general en el modelo 200 para ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2024. Sustituye a las declaraciones complementarias y solicitudes de rectificación anteriores, salvo en supuestos de conflicto de normas superiores.
  2. Nuevo impuesto complementario: Los gastos derivados de la contabilización del nuevo impuesto creado por la Ley 7/2024 y de gravámenes temporales (energético y financiero) no serán deducibles.
  3. Deducibilidad de gastos financieros: Se excluyen del beneficio operativo los ingresos no integrables en la base imponible y se limita el régimen para ciertos fondos de titulización.
  4. Prórroga de la amortización libre para renovables: Continúa en 2024 la libertad de amortización para instalaciones de autoconsumo eléctrico o térmico con energía renovable.
  5. Nueva amortización libre para vehículos eléctricos: Sustituye la amortización acelerada para inversiones realizadas en 2024 y 2025 en vehículos e infraestructuras de recarga afectas a actividad económica.
  6. Mejoras en la reserva de capitalización: Se eleva la reducción del 10 % al 15 %, y se reduce de 5 a 3 años el plazo de mantenimiento de fondos propios y reserva.
  7. Límites para grandes empresas: Se reintroducen tras la sentencia del TC que anulaba su anterior aprobación por decreto-ley. Aplicables desde 01/01/2024.
  8. Reversión de deterioro de participaciones: Se regula la integración en base imponible de pérdidas deducidas antes de 2013, tras ser anulada la anterior regulación por el TC.
  9. Fomento del mecenazgo: Se amplían los beneficios fiscales para donativos y cesiones de uso. Se incrementa el porcentaje de deducción al 40 % (o 50 % bajo ciertos requisitos) y se amplía la base deducible.
  10. Régimen de consolidación fiscal: Se prorroga hasta 2025 la medida que limita al 50 % la integración de bases negativas individuales. Se establecen reglas para su posterior integración.
  11. Novedades en el régimen fiscal canario: Se amplía el plazo para inversiones anticipadas en la reserva para inversiones en Canarias (RIC).

📌 Nota: También se incorpora la posibilidad de realizar el pago del IS mediante tarjeta o plataformas como Bizum, en condiciones de comercio electrónico seguro.


🔍 Conclusión: Esta campaña del IS viene marcada por la entrada en vigor de importantes reformas fiscales que afectan tanto a la forma como al fondo de la declaración. Se recomienda a las entidades revisar detenidamente las novedades y adaptar sus procedimientos antes del cierre del plazo de presentación.

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